Áreas de práctica
Marcas
Las marcas constituyen uno de los principales activos intangibles de una empresa, ya que permiten identificar y distinguir productos o servicios en el mercado, facilitando su reconocimiento por parte de los consumidores y fortaleciendo la identidad comercial de sus titulares. En Argentina, el sistema marcario se encuentra regulado por la Ley de Marcas y Designaciones y es administrado por el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), aplicándose en igualdad de condiciones tanto a personas físicas como jurídicas, nacionales o extranjeras.
Pueden registrarse como marcas distintos tipos de signos, siempre que posean aptitud distintiva y permitan diferenciar productos o servicios de otros de la misma especie. Entre ellos se incluyen denominaciones, logotipos, imágenes, combinaciones de colores, slogans, formas tridimensionales, signos sonoros y otros elementos susceptibles de representación.
La normativa establece también determinadas prohibiciones para el registro. No pueden registrarse, entre otros, los signos genéricos o descriptivos respecto de los productos o servicios que pretenden distinguir; aquellos que resulten engañosos o contrarios al orden público y la moral; los símbolos oficiales de Estados u organismos internacionales sin autorización; ni los signos que carezcan de distintividad suficiente. Asimismo, el sistema prevé mecanismos para que titulares de derechos anteriores puedan oponerse al registro de marcas que consideren confundibles con las propias.
El procedimiento de registro comprende diversas etapas administrativas. Se inicia con la presentación electrónica de la solicitud ante el INPI, indicando los datos del solicitante, el signo a registrar y los productos o servicios comprendidos en la clase correspondiente conforme la Clasificación Internacional de Niza.
Como recomendación práctica, resulta conveniente utilizar descripciones de productos y servicios incluidas en la Base de Datos Armonizada del sistema TM Class. Cuando la cobertura solicitada se limita exclusivamente a ítems preaprobados, el examen formal puede ingresar en un circuito automatizado (“fast track”), reduciendo significativamente los tiempos de tramitación y permitiendo una publicación particularmente rápida de la solicitud, siempre que no existan otras observaciones formales o sustanciales.
Con posterioridad a la presentación, el INPI realiza un examen de forma y de fondo previo a la publicación. En esta instancia, la autoridad verifica el cumplimiento de los requisitos formales y analiza únicamente prohibiciones absolutas de registro, tales como la falta de distintividad intrínseca, la existencia de signos idénticos o cuestiones vinculadas al orden público. Conforme el régimen actualmente vigente, el INPI no examina de oficio impedimentos relativos vinculados con derechos anteriores de terceros.
Superado favorablemente dicho examen, la solicitud se publica en el Boletín de Marcas. A partir de esa publicación se abre un plazo improrrogable de treinta días corridos para que terceros interesados puedan formular oposiciones fundadas en derechos preexistentes.
Vencido el período de publicación, y siempre que no existan oposiciones pendientes ni observaciones remanentes por parte del INPI, la marca es concedida y se emite el correspondiente título digital de propiedad. El registro otorga a su titular el derecho exclusivo de uso sobre la marca en relación con los productos o servicios protegidos, permitiéndole impedir que terceros utilicen signos idénticos o confundibles sin autorización.
La protección marcaria tiene una vigencia de diez años contados desde la fecha de concesión y puede renovarse indefinidamente por períodos sucesivos de igual duración, sujeto al cumplimiento de las exigencias legales aplicables.
Protección Internacional
La protección de activos intangibles suele requerir una estrategia que trascienda el ámbito local. En este sentido, el Estudio brinda asesoramiento integral para la obtención y gestión de derechos de marcas en el exterior, a través de una red consolidada de corresponsales especializados en distintas jurisdicciones.
Este enfoque permite acompañar a nuestros clientes en procesos de expansión internacional, diseñando estrategias de protección adaptadas a sus objetivos comerciales, el alcance territorial de sus actividades y las particularidades de cada mercado.